Artículo 1042

📄 Artículo Original

vigente
El legado caducará, si el objeto legado hubiese desaparecido totalmente, durante la vida del testador. Sucederá lo mismo si hubiese desaparecido después de su muerte sin causa o culpa del heredero, aunque éste se hubiese constituido en mora para entregarlo, siempre que hubiera debido perderse igualmente en manos del legatario.

📍 Ubicación

Libro: Libro Tercero: De los diferentes modos de adquirir la propiedad
Sección: 8A.

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