Artículo 1067

📄 Artículo Original

vigente
Dicho empleo se hará conforme a lo que haya ordenado el autor de la disposición, si señaló la calidad de los efectos en que debe hacerse; y no habiéndola señalado, no podrá emplearse sino en inmuebles o con privilegio sobre inmuebles.

📍 Ubicación

Libro: Libro Tercero: De los diferentes modos de adquirir la propiedad
Título: que lo sean
Capítulo: VI

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