Artículo 108

📄 Artículo Original

vigente
El domicilio de la mujer casada es el de su marido. El menor no emancipado tiene por domicilio el de sus padres o tutor; el mayor privado de sus derechos civiles, el de su tutor.

📍 Ubicación

Libro: Libro Primero: De las personas
Título: Título III: Del domicilio

Abogados Especializados

Encuentra abogados expertos en este tipo de casos

Ver todos →