Artículo 1107

📄 Artículo Original

vigente
Los contratos, bien tenga una denominación propia o no la tengan, están sometidos a reglas generales, que son objeto del presente título. Las reglas particulares para determinados contratos, se hayan establecidas en los títulos relativos a cada uno de ellos; y las reglas particulares a las transacciones comerciales, se encuentran establecidas en las leyes relativas al comercio. Código Civil de la República Dominicana 213

📍 Ubicación

Libro: Libro Tercero: De los diferentes modos de adquirir la propiedad
Título: Título III: De los contratos o de las obligaciones convencionales en general
Capítulo: I

Abogados Especializados

Encuentra abogados expertos en este tipo de casos

Ver todos →