Artículo 1119

📄 Artículo Original

vigente
Por regla general, nadie puede obligarse ni estipular en su propio nombre, sino para si mismo.

📍 Ubicación

Libro: Libro Tercero: De los diferentes modos de adquirir la propiedad
Título: Título III: De los contratos o de las obligaciones convencionales en general
Capítulo: II
Sección: 1A.

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