Artículo 1144

📄 Artículo Original

vigente
Se puede autorizar al acreedor, en caso de falta de cumplimiento, para ejecutar por sí y a costa del deudor, la obligación.

📍 Ubicación

Libro: Libro Tercero: De los diferentes modos de adquirir la propiedad
Título: Título III: De los contratos o de las obligaciones convencionales en general
Capítulo: III
Sección: 3A.

Abogados Especializados

Encuentra abogados expertos en este tipo de casos

Ver todos →