Artículo 1273
📄 Artículo Original
vigente
La novación no se presume; es menester que la voluntad de hacerla resulte claramente del acto.
📍 Ubicación
Libro: Libro Tercero: De los diferentes modos de adquirir la propiedad
Título: Título III: De los contratos o de las obligaciones convencionales en general
Capítulo: V
Sección: 2A.
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