Artículo 1393

📄 Artículo Original

vigente
A falta de estipulaciones especiales, que derogen o modifiquen el régimen de la comunidad, formarán el derecho común de la República, las reglas establecidas en la primera parte del capítulo segundo.

📍 Ubicación

Libro: Libro Tercero: De los diferentes modos de adquirir la propiedad
Título: Título V: Del contrato de matrimonio y de los derechos respectivos de los esposos
Capítulo: I

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