Artículo 1402

📄 Artículo Original

vigente
Se reputa todo inmueble como adquirido en comunidad, si no está probado que uno de los esposos tenía la propiedad o posesión legal anteriormente al matrimonio, o adquirida después a título de sucesión o donación.

📍 Ubicación

Libro: Libro Tercero: De los diferentes modos de adquirir la propiedad
Título: Título V: Del contrato de matrimonio y de los derechos respectivos de los esposos
Capítulo: II
Sección: 1A.

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