Artículo 1564
📄 Artículo Original
vigente
Si consiste la dote en inmuebles o en muebles no estimados por el contrato de matrimonio, o bien dándoles precio con declaración de que la tasación no quita la propie290 Código Civil de la República Dominicana dad a la mujer, se podrá obligar al marido o a sus herederos a restituirla sin ningún plazo, después de la disolución del matrimonio.
📍 Ubicación
Libro: Libro Tercero: De los diferentes modos de adquirir la propiedad
Sección: 3A.
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