Artículo 1591

📄 Artículo Original

vigente
El precio de la venta debe determinarse y designarse por las partes. 294 Código Civil de la República Dominicana

📍 Ubicación

Libro: Libro Tercero: De los diferentes modos de adquirir la propiedad
Título: Título VI: De la venta
Capítulo: I

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