Artículo 1874
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vigente
Hay dos clases de préstamos. El de las cosas que se pueden usar sin destruirlas; y el de las cosas que se con336 Código Civil de la República Dominicana sumen por el uso. La primera especie se llama préstamo a uso o comodato. La segunda se llama préstamo de consumo o simplemente préstamo.
📍 Ubicación
Libro: Libro Tercero: De los diferentes modos de adquirir la propiedad
Título: Título X: Del préstamo
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