Artículo 1967

📄 Artículo Original

vigente
En ningún caso puede el que haya perdido, repetir lo que pagó voluntariamente, a no ser que por parte del que ganó haya habido dolo, superchería o estafa.

📍 Ubicación

Libro: Libro Tercero: De los diferentes modos de adquirir la propiedad
Título: Título XII: De los contratos aleatorios
Capítulo: I

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