Artículo 1983

📄 Artículo Original

vigente
El propietario de una renta vitalicia no puede pedir los réditos de ella, si no justifica su propia existencia o la de la persona en cuya cabeza fue constituida.

📍 Ubicación

Libro: Libro Tercero: De los diferentes modos de adquirir la propiedad
Título: gratuito

Abogados Especializados

Encuentra abogados expertos en este tipo de casos

Ver todos →

Utilizamos cookies

Utilizamos cookies para mejorar tu experiencia, analizar el tráfico del sitio y personalizar el contenido. Al hacer clic en "Aceptar todo", consientes el uso de todas las cookies. Más información