Artículo 111

📄 Artículo Original

vigente
Leyes de orden público . Las leyes relativas al orden público, policía y la seguridad, obligan a todos los habitantes del territorio y no pueden ser derogadas por convenciones particulares.

📍 Ubicación

Libro: Constitución de la República Dominicana
Título: III DEL PODER LEGISLATIVO
Capítulo: IV DE LA FORMACIÓN Y EFECTO DE LAS LEYES

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