Artículo 249
📄 Artículo Original
vigente
R equisitos. Para ser miembro de la Cámara de Cuentas se requiere ser dominicano o dominicana en el pleno ejercicio de los derechos civiles y políticos, ser de reconocida solvencia ética y moral, haber cumplido la edad de treinta años, acreditar título universitario y estar habilitado para el ejercicio profesional, preferiblemente en las áreas de contabilidad, finanzas, economía, derecho o afines, y las demás condiciones que determine la ley.
📍 Ubicación
Libro: Constitución de la República Dominicana
Título: XI DEL RÉGIMEN ECONÓ MICO Y FINANC IERO Y DE LA CÁMARA DE CUENTAS
Capítulo: III DEL CON TROL DE LOS FONDOS PÚBLICOS
Sección: II DE LA CÁMARA DE CUENTAS
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