Artículo 269
📄 Artículo Original
vigente
Iniciativa de reforma constitucional. Esta Constitución podrá ser reformada si la proposición de reforma se presenta en el Congreso Nacional con el apoyo de la tercera parte de los miembros de una u otra cámara, o si es sometida por el Poder Ejecutivo.
📍 Ubicación
Libro: Constitución de la República Dominicana
Título: XIV DE LAS REFORMAS CON STITUCIONA LES
Capítulo: I DE LAS NOR MAS GENERALES
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