Artículo 1390
📄 Artículo Original
vigente
Los cónyuges no podrán estipular en sentido general, que su matrimonio se regule por ley alguna que no esté en vigor en la República. Código Civil de la República Dominicana 259
📍 Ubicación
Libro: Libro Tercero: De los diferentes modos de adquirir la propiedad
Título: Título V: Del contrato de matrimonio y de los derechos respectivos de los esposos
Capítulo: I
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