Artículo 1489

📄 Artículo Original

vigente
Cualquiera de los cónyuges que, por efecto de la hipoteca impuesta sobre el inmueble que le ha correspondido en la partición, se encuentre apremiado por la totalidad de una deuda de la comunidad, tiene de derecho su recurso, por la mitad de esta deuda, contra el otro cónyuge o sus herederos.

📍 Ubicación

Libro: Libro Tercero: De los diferentes modos de adquirir la propiedad
Título: de recompensa o de indemnización

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