Artículo 1695

📄 Artículo Original

vigente
Cuando ha prometido garantizar la solvencia del deudor, no se extenderá que lo ha hecho sino por la actualidad, no extendiéndose al porvenir, a menos que el cedente lo haya estipulado expresamente.

📍 Ubicación

Libro: Libro Tercero: De los diferentes modos de adquirir la propiedad
Título: Título VI: De la venta
Capítulo: VIII

Abogados Especializados

Encuentra abogados expertos en este tipo de casos

Ver todos →