Artículo 1764
📄 Artículo Original
vigente
En caso de faltar a esta condición, el propietario tiene derecho a volverse a posesionar de la cosa, condenándose al inquilino por los daños y perjuicios que resulten por falta de cumplimiento del contrato.
📍 Ubicación
Libro: Libro Tercero: De los diferentes modos de adquirir la propiedad
Título: Título VIII: Del contrato de locación y conducción
Capítulo: II
Sección: 3A.
Artículos Relacionados
1 referencias encontradas
Artículo 1764
🔗 Referencia
En caso de faltar a esta condición, el propietario tiene derecho a volverse a posesionar de la cosa,...
Libro Tercero: De los diferentes modos de adquirir la propiedad
> Título VIII: Del contrato de l...
Abogados Especializados
Encuentra abogados expertos en este tipo de casos