Artículo 1764

📄 Artículo Original

vigente
En caso de faltar a esta condición, el propietario tiene derecho a volverse a posesionar de la cosa, condenándose al inquilino por los daños y perjuicios que resulten por falta de cumplimiento del contrato.

📍 Ubicación

Libro: Libro Tercero: De los diferentes modos de adquirir la propiedad
Título: Título VIII: Del contrato de locación y conducción
Capítulo: II
Sección: 3A.

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