Artículo 2167

📄 Artículo Original

vigente
Si el tercero detentador no llenase las formalidades que se establecerán más adelante, para liberar su propiedad, queda por el efecto solo de las inscripciones, obligado como detentador a todas las deudas hipotecarias, y goza de los términos y plazos concedidos al deudor originario.

📍 Ubicación

Libro: Libro Tercero: De los diferentes modos de adquirir la propiedad
Título: o su copia
Capítulo: VI

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