Artículo 42

📄 Artículo Original

vigente
Las actas del estado civil se inscribirán en los registros seguidamente, y sin dejar espacio en blanco entre una y otra. Las enmiendas y las remisiones al margen será rubricadas y aprobadas lo mismo que toda el acta, y no podrán usarse abreviaturas ni fechas en números. 34 Código Civil de la República Dominicana

📍 Ubicación

Libro: Libro Primero: De las personas
Título: Título II: De los actos del estado civil
Capítulo: I

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