Artículo 523

📄 Artículo Original

vigente
Las cañerías que sirven para conducir las aguas a una casa o a otra heredad, son inmuebles y constituyen parte de la finca a que están anexas.

📍 Ubicación

Libro: Libro Segundo: De los bienes y de las diferentes modificaciones de la propiedad
Título: Título I: De la distinción de los bienes
Capítulo: I

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