Artículo 579

📄 Artículo Original

vigente
El usufructo se establece por la ley o por la voluntad del hombre.

📍 Ubicación

Libro: Libro Segundo: De los bienes y de las diferentes modificaciones de la propiedad
Título: Título III: Del usufructo, del uso y de la habitación
Capítulo: I

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