Artículo 675

📄 Artículo Original

vigente
Ninguno de los propietarios contiguos puede, sin consentimiento del otro, abrir en la pared medianera ninguna ventana o abertura de cualquier clase que sea.

📍 Ubicación

Libro: Libro Segundo: De los bienes y de las diferentes modificaciones de la propiedad
Título: Título IV: De las servidumbres o cargas inmobiliarias
Capítulo: II
Sección: 3A.

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