Artículo 697
📄 Artículo Original
vigente
El que tiene derecho a una servidumbre, lo tiene también para hacer todas las obras necesarias para su uso y conservación.
📍 Ubicación
Libro: Libro Segundo: De los bienes y de las diferentes modificaciones de la propiedad
Título: Título IV: De las servidumbres o cargas inmobiliarias
Capítulo: III
Sección: 3A.
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