Artículo 768
📄 Artículo Original
vigente
A falta del cónyuge superviviente, recaerá la sucesión en el Estado.
📍 Ubicación
Libro: Libro Tercero: De los diferentes modos de adquirir la propiedad
Título: Título I: De las sucesiones
Capítulo: IV
Sección: 2A.
Abogados Especializados
Encuentra abogados expertos en este tipo de casos