Artículo 1010

📄 Artículo Original

vigente
Las partes podrán, al tiempo y después del com - promiso, renunciar a la apelación. Cuando el arbitraje verse sobre un asunto que esté en apelación o sobre revisión civil, la sentencia arbitral será definitiva y sin apelación.

📍 Ubicación

Libro: LIBRO III

Abogados Especializados

Encuentra abogados expertos en este tipo de casos

Ver todos →

Utilizamos cookies

Utilizamos cookies para mejorar tu experiencia, analizar el tráfico del sitio y personalizar el contenido. Al hacer clic en "Aceptar todo", consientes el uso de todas las cookies. Más información