Artículo 822

📄 Artículo Original

vigente
Todo acreedor, aunque carezca de título, puede, sin previo mandamiento de pago, pero con permiso del pre - sidente del tribunal de primera instancia, y aún del juez de paz, hacer embargar los efectos que encuentre en la común en que resida y que pertenezcan a su deudor transeúnte.

📍 Ubicación

Libro: LIBRO PRIMERO
Título: TÍTULO II

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