Artículo 96

📄 Artículo Original

vigente
Si el juez comisionado por la Corte de Apelación no es uno de sus miembros, la decisión que ordene el informativo puede limitarse a indicar el plazo en el cual debe procederse al mismo. En caso de comisión a otra jurisdicción la decisión precisara el plazo en el cual deberá procederse al informativo. Este plazo podrá ser prorrogado por el presidente de la juris - dicción comisionada, quien informara de ello al juez o corte de apelación que haya ordenado el informativo. 4.- Convocatoria de los Testigos

📍 Ubicación

Libro: LIBRO 1
Título: TÍTULO VII

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