Artículo 161
📄 Artículo Original
vigente
Requisitos. Para ser juez de primera instancia se requiere: ) Ser dominicano o dominicana; ) Hallarse en el pleno ejercicio de los derechos civiles y políticos; ) Ser licenciado o doctor en Derecho; ) Pertenecer a la carrera judicial y haberse desempeñado como Juez de Paz durante el tiempo que determine la ley.
📍 Ubicación
Libro: Constitución de la República Dominicana
Título: V DEL PODER JUDICI AL
Capítulo: III DE LA OR GANIZACIÓN JUDICIAL
Sección: II DE LOS JUZGADOS DE PRIMERA IN STANCIA
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