Artículo 182
📄 Artículo Original
vigente
Escogencia jueces Tribuna l Constitucional. El Consejo Nacional de la Magistratura al conformar el Tribunal Constitucional dispondrá cuál de ellos ocupará la presidencia y designará un primer y segundo sustitutos para reemplazar al Presidente, en caso de falta o impedimento.
📍 Ubicación
Libro: Constitución de la República Dominicana
Título: VI DEL CON SEJO NACIONAL DE LA MAGISTRATURA
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