Artículo 182

📄 Artículo Original

vigente
Escogencia jueces Tribuna l Constitucional. El Consejo Nacional de la Magistratura al conformar el Tribunal Constitucional dispondrá cuál de ellos ocupará la presidencia y designará un primer y segundo sustitutos para reemplazar al Presidente, en caso de falta o impedimento.

📍 Ubicación

Libro: Constitución de la República Dominicana
Título: VI DEL CON SEJO NACIONAL DE LA MAGISTRATURA

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