Artículo 900

📄 Artículo Original

vigente
En toda disposición entre vivos o testamentaria, se tendrán como no escritas las condiciones imposibles y las que son contrarias a las leyes o a las buenas costumbres.

📍 Ubicación

Libro: Libro Tercero: De los diferentes modos de adquirir la propiedad
Título: Título II: De las donaciones entre vivos y de los testamentos
Capítulo: I

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