Artículo 945
📄 Artículo Original
vigente
También será nula, si se hizo bajo condición de pagar deudas o cargas distintas de las que existían en la época de la donación o de las expresadas en el acta de la donación, o el estado que a ella debe ir anexo. 186 Código Civil de la República Dominicana
📍 Ubicación
Libro: Libro Tercero: De los diferentes modos de adquirir la propiedad
Título: particular
Capítulo: IV
Sección: 1A.
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