Título I: De la distinción de los bienes

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Artículos Directos

Artículo 516

Todos los bienes son muebles e inmuebles.

vigente

Artículo 517

Son inmuebles los bienes, o por su naturaleza, o por su destino, o por el objeto a que se aplican.

vigente

Artículo 518

Las heredades y los edificios son inmuebles por su naturaleza.

vigente

Artículo 519

Los molinos de viento o de agua, fijos sobre pilares y que constituyan parte del edificio, son también inmuebles por su naturaleza.

vigente

Artículo 520

Las cosechas pendientes y los frutos aún no cogidos de los árboles, son también inmuebles. Desde que los granos estén segados y los frutos estén despr...

vigente

Artículo 521

Las maderas que se cortan en los bosques u otros sitios, se consideran muebles a medida que se derriban los árboles.

vigente

Artículo 522

Los animales que el propietario de la heredad entrega al arrendatario o colono para el cultivo, estén o no tasados, se reputan inmuebles mientras está...

vigente

Artículo 523

Las cañerías que sirven para conducir las aguas a una casa o a otra heredad, son inmuebles y constituyen parte de la finca a que están anexas.

vigente

Artículo 524

Los efectos que el propietario de una finca ha colocado en ella para el servicio y beneficio de la misma, son inmuebles por su destino. Son también in...

vigente

Artículo 525

Se considera que el propietario ha puesto en su finca efectos muebles de un modo permanente, cuando están unidos a la misma con yeso, mezcla o cemento...

vigente