Artículo 475
📄 Artículo Original
vigente
La tercería deducida como una acción principal se someterá al tribunal que haya pronunciado la sentencia im - pugnada. La deducida como incidente en proceso pendiente ante un tribunal, se establecerá por instancia ante dicho tri - bunal, si fuere igual o superior al que pronunció la sentencia, motivo de la tercería.
📍 Ubicación
Libro: LIBRO IV
Título: TÍTULO I
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