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77 artículos encontrados

Artículo 637 📄 Original vigente
La servidumbre es una carga impuesta sobre una heredad, para el uso y utilidad de una finca perteneciente a otro propietario.
Artículo 638 📄 Original vigente
La servidumbre no establece preeminencia alguna de una heredad sobre otra.
Artículo 639 📄 Original vigente
Tiene su origen o en la situación de los predios o en obligaciones impuestas por la ley, o en contrato hecho entre los propietarios.
Artículo 640 📄 Original vigente
Los predios inferiores están sujetos a recibir de los más elevados, las aguas que de éstos se derivan, sin que con134 Código Civil de la República Dominicana tribuya a ello la mano del hombre. El prop...
Artículo 641 📄 Original vigente
El que tiene dentro de su propiedad un manantial, puede disponer de él según su voluntad, salvo los derechos que el propietario del predio inferior haya podido adquirir por título o prescripción.
Artículo 642 📄 Original vigente
(Modificado por la Ley 585 del 28 de octubre de 1941, G. O. 5661). La prescripción en este caso no puede adquirirse, sino por el goce no interrumpido de veinte años, a contar desde el momento en que e...
Artículo 643 📄 Original vigente
El propietario del manantial no puede cambiar su curso, cuando provee a los habitantes de un poblado del agua que es necesaria; pero si los habitantes no han adquirido o prescrito su uso, el propietar...
Artículo 644 📄 Original vigente
(Derogado por la Ley 288, del 26 de mayo de 1943, G.O. 5923). Párrafo: (Según la Ley 1643, del 14 de febrero de 1948, G.O. 6752) En los casos de sequía prolongada, los residentes en los predios afecta...
Artículo 645 📄 Original vigente
Si se promueven cuestiones entre los propietarios a los cuales pueden ser útiles esas aguas, los tribunales al fallar deben conciliar el interés de la agricultura con el respeto a la propiedad; y en t...
Artículo 646 📄 Original vigente
Todo propietario puede obligar al dueño colindante a acotar sus propiedades contiguas. Los gastos de la obra se pagarán por mitad.
Artículo 647 📄 Original vigente
Todo propietario puede cercar su heredad, excepto en el caso prescrito en el artículo 682.
Artículo 648 📄 Original vigente
El propietario que quiere construir la cerca, pierde su derecho a los aprovechamientos comunes en proporción del terreno que sustrae.
Artículo 649 📄 Original vigente
Las servidumbres establecidas por la ley, tienen por objeto la utilidad pública de los particulares.
Artículo 650 📄 Original vigente
Las que se establezcan con motivo de la utilidad pública o comunal, tienen por objeto la senda a orilla de los ríos, la construcción o reparación de los caminos, y otras obras públicas o comunales. To...
Artículo 651 📄 Original vigente
La ley somete a los propietarios a diferentes obligaciones, el uno respecto del otro, e independientes de todo contrato.
Artículo 652 📄 Original vigente
Parte de estas obligaciones están reglamentadas en las leyes de Policía Rural: otras son relativas a la pared y zanjas medianeras, al caso en que hayan que construir contra muro; 136 Código Civil de l...
Artículo 653 📄 Original vigente
En los poblados y en los campos, toda pared que sirva de separación entre edificios en toda su medianería o entre patios y jardines, y aun entre cercados en los campos, se presume medianera si no hay...
Artículo 654 📄 Original vigente
Hay señal de no existir la medianería, cuando lo más alto de la pared esté derecho y a plomo sobre la superficie exterior de uno de los lados y presenta por el otro un plano inclinado. Existen también...
Artículo 655 📄 Original vigente
La reparación y construcción de la pared medianera, son de cuenta de todos aquellos que tengan derecho a la misma, y proporcionalmente al derecho de cada uno.
Artículo 656 📄 Original vigente
Sin embargo, todo copropietario de una pared medianera, puede excusarse de contribuir a los gastos de reparación y construcción, abonando el derecho de medianería, siempre que la pared medianera no so...